miércoles, 1 de junio de 2011

01 DE JUNIO DE 2011

LA GACETA DE INTERECONOMIA
El Supremo atisba “desequilibrios” en el incremento patrimonial de Bono
Por tercera vez rechaza tramitar una querella
http://www.intereconomia.com/noticias-gaceta/politica/supremo-atisba-%E2%80%9Cdesequilibrios%E2%80%9D-incremento-patrimonial-bono-20110531
D. Carrasco. Madrid
La Sala Penal del Tribunal Supremo decidió ayer inadmitir, por tercera vez consecutiva, una querella contra el ex presidente de Castilla-La Mancha y presidente del Congreso de los Diputados, José Bono, acusado de presuntos delitos de cohecho, falsificación de documento público y delito fiscal por la asociación Justitia et Veritas.
Como en las dos ocasiones anteriores el Supremo se niega a investigar el notable incremento patrimonial de Bono, destapado por LA GACETA. Así, cuando se refiere al presunto delito de cohecho, la Sala señala que “sin perjuicio de que se pueda atisbar desequilibrio entre los ingresos y bienes, según la querella, y las deudas y adquisiciones no aprecia dato de ilicitud en el incremento patrimonial”. Para los magistrados, “el hecho de que tal incremento se constate no determina sin más que su causa u origen sea ilícito, de manera que ello nos impide abrir una causa penal a la búsqueda genérica de tales indicios”.
Mucho dinero
Otro de los puntos fundamentales de la querella firmada por el abogado Jaime Ignacio Del Burgo se refiere a la utilización de la Hípica Almenara S L. El escrito acusatorio, para justificar el presunto cohecho, alegaba “el pago de al menos 450.000 euros realizado por las empresas que se anunciaban en las instalaciones del centro ecuestre o el regalo de varios caballos al hijo de Bono por parte del empresario Rafael Santamaría”.
En este punto, el auto, hecho público ayer, se quita de enmedio el asunto al señalar que “la Hípica Almenara está siendo objeto de investigación por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Toledo. De forma que existiendo un procedimiento penal en trámite, donde aparecen como querellados los administradores de dicha sociedad, esta Sala considera que no existen en este momento elementos suficientes para iniciar una causa contra un aforado, sin perjuicio de cual sea el resultado del procedimiento”. Idéntica argumentación se aplica respecto al “posible trato de favor de Bono a Francisco Hernando, promotor de una urbanización en Seseña (Toledo)”.
En cuanto al regalo de varios caballos al hijo del querellado, el Supremo dice que “la querella no aporta elemento alguno indiciario de la realidad de tales hechos”. Pero aquí no queda la cosa. Los magistrados afirman que “tampoco puede valorarse como indiciariamente delictivo lo relativo al pretendido regalo por parte de un empresario de un vehículo de alta gama a la esposa de Bono”. El auto se apoya en que el fiscal presentó una copia de la factura relativa a la adquisición de tal vehículo por parte de la joyería Tous.
Declaraciones
Por otro lado, tampoco considera como delito continuado de falsedad en documento público que en sus declaraciones de patrimonio publicadas en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha entre 1995 y 2004, en las que incluía una manifestación de que con el importe de la venta de las fincas heredadas de sus padres en Salobre había podido construirse su casa-mansión de Olías del Rey, comprado el piso de Toledo y pagado en 1995 unas deudas pendientes.
Para el Supremo, “la declaración de bienes o actividades no se considera que sea un acto propio del ejercicio de las funciones del cargo, en el que el funcionario tenga la obligación penalmente relevante de decir la verdad”. Ahora bien, “pero la falta de verdad en tales declaraciones daría lugar, en su caso, a la correspondiente responsabilidad disciplinaria o en el electo, dado el componente ético y de transparencia en la gestión que las inspiran”, subrayan los magistrados.
En otras palabras, se garantiza la impunidad penal en la declaración de bienes de los políticos.

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