viernes, 15 de julio de 2011

15 DE JULIO DE 2011

LA GACETA DE INTERECONOMIA

El juez denuncia que Bono no incluyó los bienes patrimoniales en sus declaraciones
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Redacción. Madrid
Eduardo García Serrano y el Grupo Intereconomía han ganado un pulso judicial a José Bono, presidente del Congreso de los Diputados. Hace un año, el periodista de Intereconomía dio en El Gato al Agua su opinión sobre el enriquecimiento del político socialista y comentó la noticia, publicada en LA GACETA, de que Bono había comprado a su hijo un piso que el periódico valoraba en un millón de euros. Poco después, José Bono interpuso una denuncia ante la Fiscalía General del Estado contra el Grupo Intereconomía por realizar lo que Bono entiende como una campaña de difamación.
Además de quedar descartado el que en Intereconomía se haya injuriado al señor Bono, el auto de los jueces hace hincapié en la importancia de la información sobre los bienes del político socialista. “Los movimientos patrimoniales del señor Bono (compraventa y permuta de pisos, explotación de una rentable hípica, etc.) eran objeto de información periodística con apariencia de veracidad, y los mismos traían causa o se habrían generado durante el desempeño de cargos públicos, cuestión temporal no negada por el afectado”.
Omisión
El auto de la Audiencia Provincial de Madrid en el que responden al recurso presentado por la Fiscalía hace, además, una importante conclusión. “En su denuncia de los hechos al Ministerio Fiscal, el señor Bono (...) viene a reconocer que no ha incluido ese bien en sus declaraciones”. Se refieren los jueces a la omisión en su declaración patrimonial de los ingresos que obtuvo por su participación en Hípica Almenara, “por entender que no es personal, sino familiar y que en el último ejercicio (aparentemente el del año 2009) produjo unos beneficios de 316.100,30 euros”. Ese olvido es uno de los hechos sobre los que opinó en antena Eduardo García Serrano.
Queda excluido el animus difamandi, concluyen los jueces, resultando, sin embargo, patente el animus criticandi, por lo que “las expresiones evaluadas no pueden considerarse insultos (...) y resultando la actuación del imputado (García Serrano) plenamente encuadrable dentro del marco de la contienda pública y la crítica política”. “El imputado analiza y opina sobre hechos de los que previamente otros han informado, limitándose a cuestionar el posicionamiento ético, ideológico y político del señor Bono”, se añadía en las diligencias del Juzgado número 5 de Madrid.
El proceso judicial terminó ayer con una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, ante la que no cabe recurso, que ratifica lo ya dictado por el Juzgado número 5 también de Madrid: el sobreseimiento y archivo de la causa.

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