LA GACETA DE INTERECONOMIA
El juez de Toledo exige a la hípica de Bono que justifique el incremento patrimonial
El magistrado también ordena a la constructora ONDE 2000 que aporte documentos que acrediten quién le pagó las obras. La Fiscalía recurre la admisión de la querella que presentó el abogado Panea.
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Diego Carrasco. Madrid
Días después de que la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, Sabina Arganda Rodríguez, causara baja por razones médicas, el magistrado sustituto ya ha tomado cartas en el asunto. El pasado día 2 de marzo, Juan Carlos Martínez Urbina dictó una providencia en la que ordena la práctica de las primeras diligencias de investigación acordadas en la admisión de la querella que presentó Ciudadanía Anticorrupción.
De esta manera, la resolución judicial exige a la Hípica Almenara, de la que el presidente del Congreso de los diputados, José Bono, posee el 80% del capital, que aporte toda la documentación que justifique el incremento patrimonial del centro ecuestre.
Asimismo, el magistrado sustituto también ordena a la empresa ONDE 2000, que fue la que ejecutó las obras, que presente los “documentos referentes a la reforma y ampliación de dichas instalaciones”. En otras palabras, “quién encargó y pagó las obras de la hípica”, apuntan fuentes jurídicas.
Con la práctica de estas primeras diligencias el juez ya podrá valorar y comprobar lo que Ciudadanía Anticorrupción acusaba en su querella: “Ni en las cuentas de Hípica Almenara SLde 2004 ni en las sucesivas hasta 2008, última disponible en el Registro Mercantil, se ha registrado el notable incremento patrimonial denunciado”.
Otro dato de enorme interés probatorio para el centro ecuestre de Bono, es el relativo al saldo neto del ejercicio 2004. Según explica la querella, “la cuenta de pérdidas y ganancias de Hípica Almenara SL registró un resultado neto de 108.912,39 euros, después de pagar impuestos”. Además, no hay que perder de vista que “dicho saldo vino a engrosar la cifra de remanente en la entidad y al no haber reparto ni pago de deudas no se justifica el incremento del montante económico” en las instalaciones ecuestres.
En este sentido, la práctica de estas diligencias supone dar cumplimiento a lo que la jueza especificó en su auto de admisión de la querella para justificar la investigación. Según el auto, “aparte de causar un perjuicio económico a socios, accionistas o terceros, atañe a la transparencia que debe imperar en toda sociedad democrática en tanto en cuanto el socio mayoritario de Hípica Almenara SL es un alto dignatario del Estado, así como del Gobierno de España y de la anterior Administración autonómica castellanomanchega”.
En cualquier caso, los administradores de esa sociedad con ánimo de lucro y creada por un alto dignatario de la Administración del Estado, “deberán ser especialmente escrupulosos con las obligaciones derivadas de la formulación de cuentas y balances”, apunta la acusación. Además, “los administradores no son los dueños ni tienen participación alguna en la hípica”.
La documentación que remita el centro ecuestre será de tal importancia que demostrará si el agujero contable del activo ha sido continuado en los demás ejercicios fiscales desde 2005 hasta 2008, como destaca la querella.
Por otra parte, la Fiscalía Provincial de Toledo ha recurrido la admisión a trámite de a querella. En su recurso, argumenta que “la decisión del juez no es conforme a Derecho porque no concurre un interés general para un delito societario”.
Otro de los puntos que recurre el Ministerio Público es atacar la legitimación de la acción popular, en este caso, representada por Ciudadanía Anticorrupción. Su personación y legitimación en la causa no está justificada porque deben “concurrir intereses generales que afecten al libre desenvolvimiento de la economía, con independencia de quién sea el sujeto o qué cargo ostente”.
En este sentido, es clara la postura del Ministerio Público, que trata de cortar las alas a la acción popular para que no exista acusación en este procedimiento contra una empresa de Bono. El recurso de apelación de la Fiscalía pide “la revocación del auto por falta de legitimación activa del querellante”.
Sin pausa
La Audiencia Provincial de Toledo será la encargada de resolver este recurso interpuesto por la Fiscalía. Su resolución se conocerá en las próximas semanas. Un aspecto importante, que afecta a la tramitación de esta causa, es que no se suspende la práctica de las diligencias. Por tanto, el proceso continúa adelante hasta que el instructor decrete el final de la investigación.
El interés del juez por esclarecer la verdad del notable incremento patrimonial de Hípica Almenara radica en que “se trata de una actividad privada de un gestor público”.
domingo, 13 de marzo de 2011
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