LA GACETA DE INTERECONOMIA
Otro recurso contra Bono insiste en que el Supremo valoró mal la permuta
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"El beneficio patrimonial del presidente del Congreso ascendería, según las cuentas del Tribunal, a 170.389 euros". También censura desigualdad de criterio con Camps.
Diego Carrasco. Madrid
La Asociación Preeminencia del Derecho, dirigida por los abogados José Luis Mazón y Encarnación Martínez Segado, presentó ayer ante el Tribunal Supremo el segundo recurso de súplica contra la inadmisión de las querellas contra Bono.
Según el recurso, “el auto de la Sala Penal del Supremo es patentemente erróneo y lesivo al deber de Justicia, pues apreciando un desnivel económico entre bienes permutados a favor de Bono por importe, al menos, de 170.389 euros, no considera tan siquiera la existencia de indicios de delito”. Concretamente, “la figura del cohecho impropio tipificada en el artículo 426 del Código Penal”.
En efecto, Mazón y Martínez Segado explican que “de los tres peritajes presentados de la vivienda permutada de Bono en Madrid escoge la más favorable, esto es, la que dice que el piso vale 909.611 euros”. “Y sobre los áticos con vistas al mar, en vez de tomar el valor de venta de los mismos (1.474.460 euros) elige el valor de coste o reserva del promotor (1.080.000 euros)”.
Por tanto, “siguiendo las propias cuentas del auto impugnado, el querellado, Bono, obtuvo un regalo o dádiva de 170.389 euros, con los cálculos más moderados para el presidente del Congreso”, subrayan. Y ello “sin añadirle el beneficio del promotor que de plano no se considera regalo”, apunta Mazón.
Distinto criterio
En otro orden de cosas, el recurso de súplica también censura que la Sala Penal no ha respetado la jurisprudencia sobre el delito de cohecho aplicada en el caso de los trajes al presidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps. Y es que, según los recurrentes, “la sentencia 478/2010, de 17 de mayo, recoge declaraciones plenamente aplicables a la querella contra Bono y rechazada por el Supremo”. Por ejemplo, el término “en consideración a su función” debe interpretarse en el sentido de que la razón o motivo del regalo ofrecido y aceptado sea la condición de funcionario de la persona cohechada. En otras palabras, “que sólo por la especial condición y poder que el cargo público desempeñado le otorga le ha sido ofrecida la dádiva o regalo objeto del delito”.
Esto se traduce, según los recurrentes, en que “el regalo recibido por Bono de la promotora Reyal Urbis, propiedad de su amigo Rafael Santamaría, no se hizo en función al cargo y, en cambio, los trajes regalados a Camps sí se realizaron en atención al cargo público que ocupa”.
Y Garzón...
Otro de los puntos que el recurso impugna del auto del Supremo es el que se refiere a los presupuestos de la admisión de las querellas. Los abogados sostienen que “el auto que impugnan no parece que está resolviendo sobre la admisión de una querella sino sobre el final de una investigación como consecuencia de la práctica de pruebas”. De hecho, los recurrentes denuncian que “el Tribunal Supremo no haya aplicado los mismos criterios que utilizó para admitir las tres querellas contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón”.
Por otra parte, los abogados recurrentes avisan de que el rechazo de la querella contra Bono no crea el valor de cosa juzgada. Esto significa que en “el futuro se pueden aportar nuevos datos para investigar la permuta de Bono con el promotor de Valdeluz”.
Por último, Preeminencia del Derecho se plantea que, una vez la Sala Penal desestime las pretensiones de su recurso, interpondrá un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. El argumento jurídico que se alegará es “infracción del derecho a la tutela judicial efectiva”.
NOTITIA CRIMINIS
Bono se reúne secretamente en el Congreso con “un emisario de El Pocero”
http://blogs.tercerainformacion.es/notitiacriminis/
La reunión no ha tenido lugar en restaurante exquisito o en oficina privada o en sórdido tugurio de los frecuentados por hampones poco amantes de la publicidad, sino en el propio Congreso de los Diputados. Así, tal y como informa El Confidencial:
“José Bono abandonó el martes (21 de diciembre de 2010) el hemiciclo del Congreso durante más de media hora, tras levantarse el veto del Senado a los Presupuestos Generales de 2011 y mientras se debatía la nueva ley antitabaco, para reunirse en su despacho oficial de la Cámara Baja con un emisario del promotor Francisco Hernando, El Pocero, que realizó obras de mejora en la hípica propiedad de Bono –pagadas por la firma Porcelanosa– y fue presuntamente favorecido por éste, durante su etapa como presidente de Castilla-La Mancha, para construir un polémico macrocomplejo urbanístico en Seseña (Toledo).
Un portavoz oficial de Bono ni confirmó ni desmintió a El Confidencial el encuentro del presidente del Congreso con el periodista Alfredo Urdaci, responsable de comunicación e imagen de El Pocero y mano derecha del constructor. Urdaci, sin embargo, admitió, en conversación telefónica con este periódico, que Bono le recibió en su despacho, pero rehusó precisar qué asuntos abordaron. ‘Fue personal‘, se limitó a señalar. Y ante la insistencia para que aclarase lo tratado durante la reunión, añadió: ‘Personal, sin más‘”.
El hecho coincide con unas semanas pródigas –o más pródigas– en declaraciones de Bono. Durante una fiesta organizada por los periodistas parlamentarios, el Presidente del Congreso, además de hablar de liebres, dedicó encendidos elogios a Gaspar Llamazares: “eres de los políticos más honrados y mejores que yo me he encontrado en mi vida” para añadir luego, refiriéndose a Cayo Lara, que de él “no diría lo mismo que de tí” lo cual, lo digo sin la menor ironía, enaltece mucho a Cayo Lara y debería preocupar seriamente a Llamazares.
Poco después, el 16 de diciembre de este mismo año, Bono, ante la noticia de que el Tribunal Supremo había archivado a limine las dos querellas presentadas contra él por presuntos delitos de corrupción, se declaraba “muy contento” –de todos es sabido que las querellas y denuncias presentadas contra políticos presuntamente corruptos siempre tienen un efecto ciclotímico: primero producen una gran tranquilidad. Todos los afectados declaran: “estoy muy tranquilo”; para luego ser causa de extraordinaria euforia si la suerte les acompaña– porque el Supremo le había puesto a salvo de un grupo de “delincuentes y calumniadores”.
No determinó Bono, en este punto, si los “delincuentes” y “calumniadores” eran los responsables de la presentación de la querella, el diario La Gaceta o el diario Público o todos juntos incluyendo a este modesto blog que tanto interés despierta entre sus seguidores. Tampoco explicó que el Auto del Supremo rechazaba las querellas por dos motivos: uno formal pues, se decía, no se especificaba en ellas qué actos administrativos ilícitos se podrían corresponder con el presunto soborno recibido. El otro, más de fondo, mantenía que no era aplicable a la decoración de las habitaciones de la casa de Olías del Rey y a la reforma de la casa de Salobre –pagadas por el constructor Rafael Santamaría– la figura del cohecho impropio puesto que para que eso sea así es necesario que la única causa eficiente de la dádiva –que el Tribunal no niega que exista, porque existe– sea la condición de autoridad o funcionario público del presuntamente sobornado, y en el caso de Bono, además de esta posibilidad, las dádivas en cuestión también podrían traer causa de la relación de amistad entre el constructor y Bono o, incluso, de la relación de madrinazgo entre la esposa de Santamaría y una de las hijas del de Salobre.
Pues bien, así las cosas y sin una sentencia firme que haga efecto de cosa juzgada este hombre, que se relame ya viendo el cadáver de Zapatero pasar por delante de su puerta, se permite el arrogante lujo de entrevistarse con “un emisario del Pocero” en su despacho oficial del Congreso de los Diputados. Ya me dirán si no es “problemático y febril” este siglo XXI.
viernes, 24 de diciembre de 2010
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