lunes, 1 de agosto de 2011

01 DE AGOSTO DE 2011

LA GACETA DE INTERECONOMIA

El constructor Santamaría vendió áticos de lujo más caros a sus hijos que a Bono
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Indubitados documentos del Registro de la Propiedad de Estepona certifican el beneficio de la permuta entre el político y el empresario. Nueva querella contra el ex ministro ante el Tribunal Supremo. Lo inscrito en el registro goza de presunción de veracidad
Diego Carrasco. Madrid

El presidente del Congreso de los Diputados, José Bono, no debería cantar victoria con los archivos de las querellas decretados por el Tribunal Supremo respecto a un presunto delito de cohecho en la denominada por los acusadores, operación Permuta. De momento, el ex ministro se marchará de vacaciones con una nueva querella que fue presentada el pasado viernes en el Alto Tribunal por la Asociación Ciudadanía Anticorrupción, que dirigen el abogado Antonio Panea y Javier Sotos.
El nuevo escrito acusatorio, que puede dar un giro de 180 grados a la operación Permuta de Bono, es contundente, claro y de indubitado carácter probatorio. Se basa en los certificados emitidos por el Registro de la Propiedad número 2 de Estepona (Málaga), cuyos asientos gozan de la presunción de veracidad y son objeto de protección, por imperativo legal, de juzgados y tribunales.
Un simple análisis comparativo de las certificaciones del registro demuestra que el propietario de la inmobiliaria Reyal Urbis y Construcciones Reyal SAU, Rafael Santamaría, vendió áticos en la urbanización de lujo Las Náyades, de Estepona, por un precio más caro a sus hijos que a su amigo Bono.
En efecto, si se compara la finca registral 62.775, que se le adjudicó al ex ministro con motivo de la permuta de su piso de Madrid y se compara con las registrales 62.701, 62.739 y 62.757, todas ellas de 114.83 m2 e idéntica ubicación, correspondientes a Rafael, Raquel y Teresa Santamaría Moliner, respectivamente se observa claramente la diferencia del valor económico (ver cuadro de la página 19). Para Bono, el precio de transmisión, según el registro, fue de 395.900 euros. En cambio, para los hijos de Santamaría fue de 550.000 y 580.000 euros.
O sea, que con “los datos oficiales que obran en el registro, el amigo de Bono fijó un precio de permuta más barato que el que aplicó a sus propios hijos por bienes de idénticas características y ubicación”. Para los acusadores, “es incontestable que la permuta de este concreto ático esconde un regalo, dádiva o beneficio a favor de Bono”.
Claro como el agua
Otro ejemplo revelador que demuestra el trato de favor al presidente del Congreso de los Diputados es el siguiente: “La finca registral nº 62.773 que tiene 153,28 metros cuadrados, cuyo titular es Bono, posee un valor de mercado de 529.100 euros. Por su parte, otro ático nº 62.599 con la misma extensión e inscrita a nombre de Chernov O. N. tiene un valor de mercado de 808.000 euros (ver cuadro de la pág. 19).
En este punto, los querellantes se preguntan: ¿por qué esa diferencia a su favor en un inmueble que es exactamente igual?. La respuesta es clara: “Tal discrepancia es una dádiva o regalo por importante de 278.900 euros, diferencia entre el valor de mercado del bien y el precio por el que se adjudica a Bono”, razona la querella. Sobre esta circunstancia el Supremo, de momento, no ha dado explicación alguna, pues se ha negado de iniciar la más mínima investigación.
No es cosa juzgada
La presentación de esta querella se basa en la aportación de nuevos hechos, ya que, como reconoce la abundante jurisprudencia: “La inadmisión a trámite de una querella no produce el efecto de cosa juzgada”. Es más, “los datos o elementos de juicio que se incorporan a la Sala Penal no han sido estudiados ni valorados por los magistrados en las anteriores ocasiones”, dice el escrito acusatorio.
Las certificaciones indubitadas del registro de la propiedad pretenden desmontar los argumentos que tanto la Fiscalía como la Sala Penal del Supremo utilizaron para no investigar a Bono. Los magistrados dijeron que “no se había acreditado en modo alguno la diferencia entre los bienes permutados” y que “la permuta se hizo entre bienes de similar valor económico”.
En consecuencia, “resulta acreditado la existencia de dádiva o regalo tras la verificación de los datos obrantes en el registro”. Por tanto, “tal equilibrio ya no se mantiene en pie”, explica la querella.
Para el abogado Antonio Panea, “el tipo delictivo de cohecho impropio está fuera de toda duda tras la certificación del registro que demuestra que Santamaría adjudicó a Bono, a través de su sociedad Ahorros Familiares Saja S L por el título de permuta. Además, “es público y notorio la profusa relación comercial existente entre el empresario y Bono cuando presidía Castilla-La Mancha”. Ahora, toca esperar lo que diga otra vez el Tribunal Supremo.

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